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viernes, 31 de agosto de 2012

"Albazo" de la Sala Regional de Toluca del TEPF: PRD




Agencia MANL
Toluca, Méx- De forma inesperada y en lo que se pudiera calificar como un albazo jurisdiccional, la sala regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder de la Federación, sesionó el jueves pasado para resolver los juicios ciudadanos y de revisión constitucional promovidos por el PRD, PAN, PT y MC (ST-JRC-37/2012 y acumulados) y que a su vez cuestionaban la sentencia del Tribunal electoral del Estado de México (JI/115/2012). 

Así lo dio a conocer el dirigente estatal del PRD, Juan Hugo de la Rosa, quien agregó que la Sala Regional Toluca resolvió la confirmación de la sentencia local de asignación de diputados de representación proporcional.

El PRD, dijo,  percibe  con mucha preocupación una evidente sincronía entre la Sala Toluca y la conveniencia política para algunos partidos políticos cuya intención notablemente es desvanecer el sentido de estas resoluciones con la cobertura mediática nacional de otros temas.

"Desconocemos los motivos  de la repentina publicación  de la convocatoria y celebración de la sesión de resolución que en forma coincidente se desarrollo con  la sesión de la Sala Superior que calificó la elección presidencial, más aún cuando el mismo día de ayer (jueves) nos fue confirmada una audiencia para exponer al Magistrado Presidente de la Sala Toluca  nuestras consideraciones sobre el juicio de revisión constitucional promovido por el PRD", comentó.

Lo relevante del tema y la exigencia que hacemos al Magistrado Presidente, expresó, es que nos diga porque nos otorga una cita para las 13:30 horas del día de hoy (viernes) , cuando la sesión se celebró ayer por la noche, esto nos da la impresión de que la agenda el tribunal se encuentra manejada desde afuera del mismo.

Respecto del estudio de fondo de los recursos promovidos por los cuatro partidos políticos, particularmente por lo que hace a los agravios expuestos por el PRD,  he de señalar que en nuestra opinión los agravios "no fueron atendidos en los términos que los expusimos".

"Nosotros señalamos varios tópicos en el juicio de revisión constitucional, los que nos parecen mas relevantes son dos, mismos que consideramos tenían que ser interpretados desde una perspectiva garantista y que buscara la vigencia de los principios rectores del proceso electoral, tales como la equidad, certeza, proporcionalidad", comento el perredista.

Con la sentencia del día de ayer, destacó, las fuerzas políticas se encontrarán representadas en forma diferente a su porcentaje de votos obtenidos en la elección, ya que el Tribunal electoral confirma la posibilidad que tienen los partidos políticos para convenir y distribuir porcentajes de votos en perjuicio de los otros competidores.

Juan Hugo de la Rosa puso como ejemplo que "mientras en el caso de las coaliciones en las que participan el PRI, NA, y Verde, en el distrito N  los votos que obtienen los candidatos postulados por esa coalición, son votos de ciudadanos que votaron a favor de alguno de esos tres partidos (eso no es posible saberlo porque están los emblemas juntos).

Retomando el mismo ejemplo, dice,  el candidato de esa coalición gana por mayoría, y cosa similar ocurre con los 45 distritos, sin embargo esos votos que sirvieron para que un partido ganara un diputado de mayoría, por virtud de un convenio se determina que le pertenecen a cualquiera de los partidos políticos y los votos son utilizados para la asignación de diputado de RP cuando esos votos ya sirvieron para ganar mayorías, entonces se vulnera el espíritu de la representación proporcional porque le vuelves a asignar diputados con votos que ya se encuentran representados, esta situación nosotros la consideramos contraria a la Constitución y no fue analizada por el tribunal en los términos expuesto en nuestro juicio.

Cosa similar que estimamos no fue analizada, es la relativa a la formula utilizada para la asignación, miren la Sala confirmo una interpretación donde se elabora un cociente rectificado –aunque no se encuentre contemplado en la ley- este cociente rectificado en nuestra opinión esta incorrecto por que divide entre 36 diputaciones, mientras que únicamente son 30 los diputados de RP que deben asignarse, este agravio consideramos no fue estudiado en el contexto planteado provocando que el PRD se sobrepresentara aún más.

Por lo anterior, estimamos que la Sala Regional no estuvo a la altura de la evaluación que como juzgadores deberían haber realizado de la muy imperfecta democracia Mexiquense, en la integración de la Cámara de Diputados Local.
Los tribunales electorales, han preferido integrar no un verdadero poder legislativo, sino un anexo del partido gobernante, mediante la integración de una mayoría legislativa que le resulta afín.

Sin ninguna discusión y sin ningún pronunciamiento diferente al del Magistrado ponente, los magistrados integrantes de la sala regional, prefirieron un perfil bajo al simplemente no razonar ninguno de los agravios que en nuestra demanda se expusieron con claridad.

Como si nuestro sistema democrático fuese perfecto, decidieron que aquí no pasa nada. Que la sobre representación del PRI y sus aliados es normal y que la sobre presentación del PRD  y los demás partidos es legal, cuando a todas luces el costo de votación para obtener un diputado de representación proporcional no fue el mismo para los partidos PRD, PAN, PT Y MC, respecto de los partidos verde ecologista y nueva alianza.

Esta sentencia "se suma a la vergonzosa lista de asuntos, donde la sala regional simplemente no actúa ante el cumulo de irregularidades detectadas. Resolviendo sistemáticamente en contra de la izquierda y en particular del PRD".


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