Agencia MANL
Toluca, Méx- De forma inesperada y en lo que se pudiera calificar como un albazo
jurisdiccional, la sala regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder de la
Federación, sesionó el jueves pasado para resolver los juicios ciudadanos y de revisión
constitucional promovidos por el PRD, PAN, PT y MC (ST-JRC-37/2012 y
acumulados) y que a su vez cuestionaban la sentencia del Tribunal electoral del
Estado de México (JI/115/2012).
AsÃ
lo dio a conocer el dirigente estatal del PRD, Juan Hugo de la Rosa,
quien agregó que la Sala Regional Toluca resolvió la confirmación
de la sentencia local de asignación de diputados de representación
proporcional.
El
PRD, dijo,
percibe con mucha preocupación una evidente sincronÃa entre
la Sala Toluca y la conveniencia polÃtica para algunos partidos
polÃticos cuya
intención notablemente es desvanecer el sentido de estas resoluciones
con la
cobertura mediática nacional de otros temas.
"Desconocemos los motivos
de la repentina publicación de la convocatoria y celebración de la
sesión
de resolución que en forma coincidente se desarrollo con la sesión de
la Sala Superior que calificó la
elección presidencial, más aún cuando el mismo dÃa de ayer (jueves) nos fue
confirmada
una audiencia para exponer al Magistrado Presidente de la Sala Toluca
nuestras consideraciones sobre el juicio de
revisión constitucional promovido por el PRD", comentó.
Lo relevante del tema y la
exigencia que hacemos al Magistrado Presidente, expresó, es que nos diga porque
nos
otorga una cita para las 13:30 horas del dÃa de hoy (viernes) , cuando la sesión se
celebró ayer por la noche, esto nos da la impresión de que la agenda el
tribunal se encuentra manejada desde afuera del mismo.
Respecto
del estudio de fondo de los recursos promovidos por los cuatro partidos
polÃticos, particularmente por lo que hace a los agravios expuestos por el PRD,
he de señalar que en nuestra opinión los
agravios "no fueron atendidos en los términos que los expusimos".
"Nosotros
señalamos varios tópicos en el juicio de revisión constitucional, los que nos
parecen mas relevantes son dos, mismos que consideramos tenÃan que ser
interpretados desde una perspectiva garantista y que buscara la vigencia de los
principios rectores del proceso electoral, tales como la equidad, certeza,
proporcionalidad", comento el perredista.
Con
la sentencia del dÃa de ayer, destacó, las fuerzas polÃticas se encontrarán representadas en forma diferente a su porcentaje de votos obtenidos en la
elección, ya que el Tribunal electoral confirma la posibilidad que
tienen los partidos polÃticos para convenir y distribuir porcentajes de votos
en perjuicio de los otros competidores.
Juan Hugo de la Rosa puso como ejemplo que "mientras en el caso de las
coaliciones en las que participan el PRI, NA, y Verde, en el distrito N los votos que obtienen los candidatos
postulados por esa coalición, son votos de ciudadanos que votaron a favor de
alguno de esos tres partidos (eso no es posible saberlo porque están los
emblemas juntos).
Retomando el mismo ejemplo, dice, el candidato de esa coalición
gana por mayorÃa, y cosa similar ocurre con los 45 distritos, sin embargo esos
votos que sirvieron para que un partido ganara un diputado de mayorÃa, por
virtud de un convenio se determina que le pertenecen a cualquiera de los
partidos polÃticos y los votos son utilizados para la asignación de diputado de
RP cuando esos votos ya sirvieron para ganar mayorÃas, entonces se vulnera el
espÃritu de la representación proporcional porque le vuelves a asignar
diputados con votos que ya se encuentran representados, esta situación nosotros
la consideramos contraria a la Constitución y no fue analizada por el tribunal
en los términos expuesto en nuestro juicio.
Cosa
similar que estimamos no fue analizada, es la relativa a la formula utilizada
para la asignación, miren la Sala confirmo una interpretación donde se elabora
un cociente rectificado –aunque no se encuentre contemplado en la ley- este
cociente rectificado en nuestra opinión esta incorrecto por que divide entre 36
diputaciones, mientras que únicamente son 30 los diputados de RP que deben
asignarse, este agravio consideramos no fue estudiado en el contexto planteado
provocando que el PRD se sobrepresentara aún más.
Por
lo anterior, estimamos que la Sala Regional no estuvo a la altura de la
evaluación que como juzgadores deberÃan haber realizado de la muy imperfecta
democracia Mexiquense, en la integración de la Cámara de Diputados Local.
Los
tribunales electorales, han preferido integrar no un verdadero poder
legislativo, sino un anexo del partido gobernante, mediante la integración de
una mayorÃa legislativa que le resulta afÃn.
Sin
ninguna discusión y sin ningún pronunciamiento diferente al del Magistrado
ponente, los magistrados integrantes de la sala regional, prefirieron un perfil
bajo al simplemente no razonar ninguno de los agravios que en nuestra demanda
se expusieron con claridad.
Como
si nuestro sistema democrático fuese perfecto, decidieron que aquà no pasa
nada. Que la sobre representación del PRI y sus aliados es normal y que la
sobre presentación del PRD y los demás
partidos es legal, cuando a todas luces el costo de votación para obtener un
diputado de representación proporcional no fue el mismo para los partidos PRD,
PAN, PT Y MC, respecto de los partidos verde ecologista y nueva alianza.
Esta
sentencia "se suma a la vergonzosa lista de asuntos, donde la sala regional
simplemente no actúa ante el cumulo de irregularidades detectadas. Resolviendo
sistemáticamente en contra de la izquierda y en particular del PRD".
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